Enviar factura electrónica a AYUNTAMIENTO DE CASTILLO DE LOCUBIN

Con B2Brouter podrás enviar facturas electrónicas a AYUNTAMIENTO DE CASTILLO DE LOCUBIN a través de FACe y generar correctamente tu factura electrónica en formato FacturaE 3.2 con los códigos DIR3 obligatorios incorporados: Oficina Contable, Unidad Tramitadora y Órgano Gestor.

Enviar factura electrónica a AYUNTAMIENTO DE CASTILLO DE LOCUBIN

Consulta los códigos DIR3 de AYUNTAMIENTO DE CASTILLO DE LOCUBIN para hacer una factura electrónica

AYUNTAMIENTO DE CASTILLO DE LOCUBIN

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Información básica

  • NIF (CIF): ESP2302600H
  • Calle Blas Infante, 19
  • 23670 Castillo de Locubín
  • Jaén
  • España
  • Ver el mapa
Método de entrega de facturas
Transporte: FACe
Tipo de documento: FacturaE 3.2
Oficina contable:
L01230269
Órgano gestor:
L01230269
Unidad tramitadora:
L01230269

¿Qué es FACe?

FACe es el Punto General de Entrada de facturas electrónicas de la Administración General del Estado Español. Se trata de un punto de entrada único de estos documentos y válido para todas las comunidades autónomas.

El formato admitido por FACe es Facturae, con la obligatoriedad de especificar los códigos DIR3.

B2Brouter está conectado con FACe, por lo que tus facturas serán enviadas al Punto de Entrada de forma directa y automática. De esta manera también puedes estar informado del estado de tu factura mediante nuestro sistema de notificaciones.

¿Qué son los códigos DIR3?

Los códigos DIR3 son tres datos obligatorios que se deben especificar en las facturas electrónicas emitidas a las Administraciones públicas de España. Los 3 códigos se corresponden a Órgano Gestor, Unidad Tramitadora y Oficina Contable.

En el directorio de B2Brouter podrás encontrar los códigos DIR3 verificados de AYUNTAMIENTO DE CASTILLO DE LOCUBIN así como los de otras Administraciones públicas.

¿Cuándo es obligatorio hacer una factura electrónica?

En España la factura electrónica es obligatoria desde 2015 para proveedores de la Administración pública (Ayuntamientos, Gobiernos Regionales, Generalitat, Servicios Sanitarios, Universidades, etc.). Las empresas o autónomos que sean subcontratistas o contratistas de contratos públicos también deberán emitir sus facturas en formato electrónico a través del sistema FACeB2B.

Para el sector público las facturas deben enviarse en formato Facturae y las facturas electrónicas se remitirán a través del Punto de Entrada que corresponda.

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