Consulta los códigos DIR3 de Centro de Inserción Social Torre Espioca de Valencia para hacer una factura electrónica
Centro de Inserción Social Torre Espioca de Valencia
Información básica
- NIF (CIF): ESQ4601209B
- CR NACIONAL 340 KM 225 0
- 46220 PICASSENT
- VALENCIA
- España
- Ver el mapa
- Método de entrega de facturas
- Transporte: FACe
- Tipo de documento: FacturaE 3.2
Unidades organizativas | Oficina contable | Órgano gestor | Unidad tramitadora |
---|---|---|---|
Centro Penitenciario de Albacete | GE0014070 | E03113805 | E03118101 |
Centro Penitenciario de Ibiza | GE0014090 | E03113805 | E03118701 |
Centro Penitenciario de Jaen | GE0014091 | E03113805 | E03123401 |
Centro Penitenciario de Palma de Mallorca | GE0014090 | E03113805 | E03122801 |
Centro Penitenciario Menorca | GE0014090 | E03113805 | E04900401 |
Cis Torre Espioca | GE0014112 | E03113805 | E04758401 |
Cis Torre Espioca * Cis Torre Espioca | GE0014112 | E04758401 | E04758401 |
Subdirección General de Planificación y Gestión Económica | GE0014090 | E03113805 | E04860301 |
¿Qué es FACe?
FACe es el Punto General de Entrada de facturas electrónicas de la Administración General del Estado Español. Se trata de un punto de entrada único de estos documentos y válido para todas las comunidades autónomas.
El formato admitido por FACe es Facturae, con la obligatoriedad de especificar los códigos DIR3.
B2Brouter está conectado con FACe, por lo que tus facturas serán enviadas al Punto de Entrada de forma directa y automática. De esta manera también puedes estar informado del estado de tu factura mediante nuestro sistema de notificaciones.
¿Qué son los códigos DIR3?
Los códigos DIR3 son tres datos obligatorios que se deben especificar en las facturas electrónicas emitidas a las Administraciones públicas de España. Los 3 códigos se corresponden a Órgano Gestor, Unidad Tramitadora y Oficina Contable.
En el directorio de B2Brouter podrás encontrar los códigos DIR3 verificados de Centro de Inserción Social Torre Espioca de Valencia así como los de otras Administraciones públicas.
¿Cuándo es obligatorio hacer una factura electrónica?
En España la factura electrónica es obligatoria desde 2015 para proveedores de la Administración pública (Ayuntamientos, Gobiernos Regionales, Generalitat, Servicios Sanitarios, Universidades, etc.). Las empresas o autónomos que sean subcontratistas o contratistas de contratos públicos también deberán emitir sus facturas en formato electrónico a través del sistema FACeB2B.
Para el sector público las facturas deben enviarse en formato Facturae y las facturas electrónicas se remitirán a través del Punto de Entrada que corresponda.
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