Enviar factura electrónica a INSTITUTO DE TRABAJO SOCIAL Y SERVICIOS SOCIALES INTRESS

Con B2Brouter podrás enviar facturas electrónicas a INSTITUTO DE TRABAJO SOCIAL Y SERVICIOS SOCIALES INTRESS a través de FACeB2B y generar correctamente tu factura electrónica en formato FacturaE 3.2.2 con los códigos DIR3 obligatorios incorporados: Oficina Contable, Unidad Tramitadora y Órgano Gestor.

Enviar factura electrónica a INSTITUTO DE TRABAJO SOCIAL Y SERVICIOS SOCIALES INTRESS

Consulta los códigos DIR3 de INSTITUTO DE TRABAJO SOCIAL Y SERVICIOS SOCIALES INTRESS para hacer una factura electrónica

INSTITUTO DE TRABAJO SOCIAL Y SERVICIOS SOCIALES INTRESS

Información básica

  • NIF (CIF): ESG08973224
  • 08011 BARCELONA
  • BARCELONA
  • España
Método de entrega de facturas
Transporte: FACeB2B
Tipo de documento: FacturaE 3.2.2
DIRe:
ESG089732240000

¿Qué es FACeB2B?

FACeB2B es la plataforma de distribución de facturas electrónicas que los contratistas de contratos del Sector Público deben utilizar para remitir sus facturas electrónicas. Si bien también está a disposición del resto de empresas que la quieran utilizar para sus relaciones con proveedores (transacciones B2B).

El formato admitido por FACeB2B es FacturaE 3.2.2, con la obligatoriedad de especificar el código DIRe

B2Brouter está conectado con FACeB2B, por lo que tus facturas serán enviadas a este Punto de Entrada de forma directa y automática. De esta manera también puedes estar informado del estado de tu factura mediante nuestro sistema de notificaciones.

¿Qué son los códigos DIR3?

Los códigos DIR3 son tres datos obligatorios que se deben especificar en las facturas electrónicas emitidas a las Administraciones públicas de España. Los 3 códigos se corresponden a Órgano Gestor, Unidad Tramitadora y Oficina Contable.

En el directorio de B2Brouter podrás encontrar los códigos DIR3 verificados de INSTITUTO DE TRABAJO SOCIAL Y SERVICIOS SOCIALES INTRESS así como los de otras Administraciones públicas.

¿Cuándo es obligatorio hacer una factura electrónica?

En España la factura electrónica es obligatoria desde 2015 para proveedores de la Administración pública (Ayuntamientos, Gobiernos Regionales, Generalitat, Servicios Sanitarios, Universidades, etc.). Las empresas o autónomos que sean subcontratistas o contratistas de contratos públicos también deberán emitir sus facturas en formato electrónico a través del sistema FACeB2B.

Para el sector público las facturas deben enviarse en formato Facturae y las facturas electrónicas se remitirán a través del Punto de Entrada que corresponda.

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